Resumen del Artículo Disposición derogatoria única

Artículo Disposición derogatoria única del Concierto Económico con el País Vasco (ConcEcPV) — Disposición derogatoria única. A partir de la entrada en vigor de esta Ley quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o menor rango se opongan al contenido de la misma.

ConcEcPVVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo Disposición derogatoria únicaDisposición derogatoria única

Disposición derogatoria única.

A partir de la entrada en vigor de esta Ley quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o menor rango se opongan al contenido de la misma.

Norma publicada: 23 de mayo de 2002

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición derogatoria única

¿Qué dice el Artículo Disposición derogatoria única del ConcEcPV?

Disposición derogatoria única. A partir de la entrada en vigor de esta Ley quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o menor rango se opongan al contenido de la misma.

¿El Artículo Disposición derogatoria única del ConcEcPV está vigente?

El artículo Disposición derogatoria única del ConcEcPV está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo Disposición derogatoria única dentro del ConcEcPV?

Forma parte del articulado del Concierto Económico con el País Vasco.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo Disposición derogatoria única?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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